domingo 31 de agosto de 2025
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Capítulo 2: La resistencia de los dogmas. #EvoluciónJurídica

Capítulo 2: La resistencia de los dogmas. #EvoluciónJurídica

Alfonso Jaime Martínez Lazcano

 

La biblioteca de la facultad era un laberinto de libros polvorientos y silencios centenarios. Allí, el decano, un hombre de mirada penetrante y vozarrón retumbante, reunía a su claustro. «Colegas,» comenzó, «la sociedad evoluciona a un ritmo vertiginoso, pero nuestros principios fundamentales permanecen inalterables. El derecho procesal constitucional, tal como lo concibió Cappelletti en los años 50 del siglo pasado, es el faro que guía nuestra nave jurídica.»

Una profesora joven y estudiante de posgrado, con ojos brillantes y una sonrisa tímida, interrumpió. «Con todo respeto, decano, los tiempos de Cappelletti han quedado atrás. Desde los años 60, con la firma de los tratados internacionales de derechos humanos, el panorama jurídico se transformó radicalmente. Hoy, los derechos fundamentales son una realidad positivizada que exige nuevos enfoques procesales.»

El decano frunció el ceño. «Merly, tus teorías son interesantes, pero no pueden reemplazar los sólidos cimientos sobre los que se construyó nuestro sistema jurídico. Cappelletti nos legó un método riguroso que aún hoy es válido.»

«No se trata de reemplazar, decano, sino de complementar,» insistió Merly. «El derecho procesal convencional, que en su momento fue considerado un hijo del derecho procesal constitucional, ha madurado y se ha emancipado. Hoy, es un actor autónomo con sus propias herramientas y perspectivas.»

La discusión se trasladó al salón de clases. Un estudiante, con la mirada fija en sus apuntes, preguntó: «¿Profesor, por qué seguimos enseñando teorías tan antiguas? ¿No sería más útil estudiar los casos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, donde se aplican los estándares internacionales?»

El profesor, un hombre entrado en años, suspiró. «Hijo mío, las bases del derecho son inmutables. Los tratados internacionales son importantes, pero no pueden reemplazar los principios fundamentales de nuestro ordenamiento jurídico.»

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