miércoles 1 de octubre de 2025
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¿Garantismo o nostalgia institucional? Una crítica latinoamericana a la visión de Ferrajoli sobre la reforma judicial mexicana

¿Garantismo o nostalgia institucional? Una crítica latinoamericana a la visión de Ferrajoli sobre la reforma judicial mexicana

Alfonso Jaime Martínez Lazcano

La crítica de Luigi Ferrajoli a la reforma judicial mexicana, titulada “Cómo se destruye el Estado de derecho”, parte de una premisa tan contundente como problemática: que el sistema judicial mexicano gozaba de independencia antes de la reforma, y que el nuevo diseño lo convierte en una autocracia electiva. Esta afirmación, aunque revestida de autoridad doctrinal, revela una lectura limitada, tendenciosa y profundamente eurocéntrica.

Ferrajoli no realiza un diagnóstico empírico del sistema judicial mexicano. No menciona que, durante décadas, los ministros de la Suprema Corte eran nombrados directamente por el presidente, con una duración de 15 años frente a un mandato presidencial de seis. Esta asimetría temporal convertía a los ministros en custodios del legado presidencial, más que en garantes de los derechos fundamentales. ¿Dónde estaba la independencia judicial que ahora se presume perdida?

Su crítica, además, universaliza categorías europeas sin adaptarlas al contexto latinoamericano. Compara la reforma mexicana con los regímenes de Erdogan en Turquía y Orbán en Hungría, como si las tensiones del sur global fueran equivalentes a las de democracias europeas en crisis. Esta analogía ignora el pluralismo jurídico, la justicia comunitaria, los sistemas normativos indígenas y las luchas emancipatorias que atraviesan el continente.

Más grave aún es el fundamento ideológico que subyace en su crítica: una visión del derecho construida sobre falacias fundacionales europeas. La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, que se proclama universal, excluyó a mujeres, esclavos, pobres y no propietarios. Fue una proclamación formal de igualdad que negó estructuralmente la inclusión. Lo mismo ocurre con la Carta Magna de Juan Sin Tierra en 1215, presentada como origen del constitucionalismo moderno, pero que fue en realidad un pacto entre élites feudales sin participación popular. Estas narrativas, repetidas como dogmas, han servido para legitimar modelos jurídicos que nunca fueron democráticos en su origen.

Desde una lectura situada, lo que Ferrajoli omite es lo que más importa: la realidad estructural del sistema judicial mexicano. Su crítica se convierte en una forma de lo que denomino negativismo jurídico: una narrativa jurídica que, bajo apariencia de defensa garantista, niega las condiciones materiales, históricas y sociales que configuran el derecho en América Latina. Se idealiza un pasado judicial que ya estaba capturado por el presidencialismo, se ignoran las voces sociales, y se reproduce una epistemología jurídica que no nos pertenece.

La reforma judicial debe ser analizada desde el modelo social, no desde la nostalgia institucional. Si el nuevo diseño es regresivo, debe demostrarse con datos, con casos, con voces sociales. Pero si lo que se defiende es un sistema que ya era excluyente, entonces el garantismo se convierte en una herramienta conservadora, más preocupada por preservar privilegios que por transformar la justicia.

Hoy más que nunca, necesitamos una crítica jurídica emancipatoria, situada y continental, que reconozca nuestras propias categorías, nuestras propias luchas y formas de construir legitimidad. El derecho no puede seguir siendo una importación doctrinal: debe ser una creación crítica desde el sur.

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